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Actualidades del Derecho Privado

En los últimos años, la virtualidad ha permeado diferentes ámbitos de nuestras vidas, incluyendo el sistema judicial. La implementación de tecnologías digitales en los procesos judiciales ha brindado una serie de beneficios, como la agilización de trámites, la reducción de costos y la accesibilidad a la justicia.

Sin embargo, se han generado controversias en cuanto una reforma a la Ley Estatutaria de Justicia (Ley 270 de 1996) la cual ha abierto la posibilidad de que en aquellas audiencias donde se lleve a cabo la práctica de pruebas, las mismas deberán ser presenciales, tal y como se establece en la interpretación a la reforma del artículo 63 de la norma en cuestión.

Este proyecto de ley que aún se encuentra en revisión por parte de la Corte Constitucional, ha generado controversia en el sector de la justicia en ya que existen varias posturas al respecto, las cuales tienen razón y lógica dentro del ámbito procesal.

Por un lado, quienes critican esta medida, exponen que la virtualidad ha reforzado de manera tajante el acceso a la justicia por el uso de los medios digitales, la celeridad procesal, y facilitado el debate probatorio ya que se han tomado medidas que permiten garantizar la práctica de la prueba de manera más ágil y eficaz. Ta es el caso, la forma en que la justicia evolucionó con la expedición del Decreto 806 de 2020 el cual luego fue adoptado mediante la Ley 2213 de 2022, por lo cual se afirma que sería un retroceso considerable.

Por otro lado, los que aprueban que se apruebe dicha reforma por el alto tribunal, argumentan que esta medida es positiva ya que la virtualidad limita de cierto modo la práctica de la prueba testimonial, ya que los medios virtuales podrían afectar la forma en que el juez puede valorar la prueba y por ende proferir un fallo que se ajuste a derecho.

Adicionalmente, y dese un punto de vista más pragmático, señalan que si bien la virtualidad ha facilitado varios aspectos respecto del acceso a la justicia, la realidad del país es otra, muchas personas no tienen acceso a medios digitales lo cual sería una discriminación en cuanto a grupos vulnerables de la población

La pandemia ocasionada por el COVID-19 aceleró la adopción de herramientas tecnológicas en el ámbito judicial. Las salas de audiencias virtuales, las videoconferencias y las plataformas en línea se convirtieron en los nuevos espacios de encuentro entre jueces, abogados y litigantes. Esta transición a lo virtual permitió mantener la continuidad de los procesos judiciales en tiempos de confinamiento y distanciamiento social, evitando retrasos y garantizando el acceso a la justicia. Sin embargo hay temas que el Gobierno actual debe resolver para que este sistema funcione de manera eficiente.

En última instancia, la decisión sobre el futuro de la virtualidad en la justicia dependerá de un equilibrio entre los beneficios y las limitaciones que presenta lo cual deberá resolver la Corte Constitucional. Es necesario evaluar cuidadosamente los impactos de la virtualidad en la calidad de los procesos judiciales, la igualdad de acceso a la justicia y la confianza en el sistema legal. Asimismo, se deberá tener en cuenta la capacidad de adaptación de los operadores judiciales y la infraestructura tecnológica disponible.

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